A


Acta de Recepción: El documento en el que se consigna la recepción de la obra,que deberá estar firmada, al menos por el promotor y el constructor, en el que se hará constar por escrito:

  • Las partes que intervienen.
  • La fecha del certificado final de la totalidad de la obra o de la fase completa y terminada de la misma.

Agravación del riesgo: Aumento de la peligrosidad de un riesgo cubierto por una póliza que deviene por acontecimientos ajenos o no a la voluntad del asegurado, quien está obligado a comunicarlo a su entidad aseguradora, para que esta opte por la modificación del contrato o la rescisión del mismo.

Armadura: Conjunto de barras de acero que se coloca en la masa del hormigón para ayudar a éste a resistir los esfuerzos de tracción (estiramiento) a que está sometido.

Asegurador: La persona jurídica que asume el riesgo contractualmente pactado.

Asegurado: La persona, física o jurídica, titular del interés objeto del seguro, a quien corresponde, en su caso, los derechos derivados del contrato y que, en defecto del tomador del seguro, asume las obligaciones derivadas del mismo.

Asiento: Descenso que se produce en el terreno para apoyar un elemento constructivo.

B


Beneficiario: La persona, física o jurídica, que por designación del tomador del seguro, previa cesión por el asegurado, resulta titular del derecho de indemnización.

Beneficio Industrial: Se refiere al beneficio estimado para una promoción.

Bloque: Trozo grande de piedra sin labrar. Actualmente se aplica más corrientemente a prefabricados de hormigón y a piezas de cerámica.

Bloque Cerámico Aligerado: Sistema constructivo catalogado como no tradicional. Tipo fábrica: termoarcilla o similar.

C


Certificado final de obra: Documento suscrito por el Arquitecto y Arquitecto Técnico por el cual se da por finalizada la obra. Este documento debe ser visado por los respectivos Colegios Profesionales de ambos técnicos.

Cimentación: Parte del edificio que transmite las cargas del mismo al terreno, repartiéndolas por medio de zapatas, pilotes, losas, etc.

Cimentación Especial: Parte del edificio que transmite las cargas del mismo al terreno sin ser cimentación superficial; sin zapatas, ni zanjas corridas, ni losas.

Constructor:: Que construye, fabrica, edifica, hace de nueva planta una obra de arquitectura o ingeniería, un monumento o en general cualquier obra pública.

Durante el primer año ha de responder por los daños materiales derivados de una deficiente ejecución como todos los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, durante tres años, responderá por los daños materiales en el edificio causados por vicios o defectos que afecten a la habitabilidad; y durante diez años, por los que resulten de vicios o defectos que afecten a la seguridad estructural del edificio.

Contrato: Pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas.

Contratista: Persona que por contrata ejecuta una obra material o está encargada de un servicio para el gobierno, para una corporación o para un particular.

Contratista Principal: Persona que por contrata ejecuta una obra material o está encargada de un servicio para el gobierno, para una corporación o para un particular.

Control Técnico: La inspección y seguimiento del proceso constructivo, desde su comienzo hasta la recepción y, en caso necesario, con posteridad a ésta.

Cotización: Poner o fijar precio a alguna cosa. Estimar, particularmente de forma pública a una persona o cosa en relación con un fin determinado. Pagar una persona la parte correspondiente de gastos colectivos, contribuciones, afiliaciones,etc.

Cubierta: Parte superior, exterior, de un edificio. Tejado, techumbre, terraza. Estas pueden ser inclinadas o planas.

Cuestionario: Lista de preguntas que se proponen con cualquier fin.

D


DO: "Informe de Definición del riesgo"

a) Alcance: Descripción de las misiones encomendadas, que no podrán ser inferiores al alcance mínimo del control establecido, y deberán ser acordes con el alcance de las garantías contratadas, características generales de la Edificación y del terreno sobre el que se asienta, con la consiguiente evaluación técnica previa, y la emisión, en su caso, de las correspondientes reservas técnicas.

b) Fecha tope para su emisión: 1 mes desde el inicio de las obras.

DO.1: "Informe de Revisión de Proyecto de Estabilidad"

a) Alcance: La finalidad es hacer llegar a la Entidad Aseguradora, el resultado del Control Técnico del Proyecto en cuanto a la ESTABILIDAD de la Edificación (estabilidad y resistencia del edificio en su totalidad, y no sólo, de la estructura del mismo).

  • Control de Proyecto y de sus modificaciones durante la ejecución: Comprobando todos los aspectos que implican riesgos, y que son origen o fuente de siniestro según su experiencia, no sólo los que tengan su origen en los elementos estructurales, sino también aquellos que puedan afectar a éstos, y que puedan comprometer directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio. Los cálculos deberán estar realizados en cumplimiento de la NORMATIVA VIGENTE Y EXIGIBLE o en su defecto, según documentos técnicos, manuales o instrucciones técnicas existentes.

Dentro de este control deberá incluirse la comprobación por el OCT de la consideración adecuada de la norma sismorresistente.

  1. Control del Informe Geotécnico y de las condiciones de cimentación.
  2. Control de los proyectos de las instalaciones para evaluar los riesgos de incendio y explosión que puedan afectar a los elementos estructurales.

El informe debe ser completo y estar realizado sobre el Proyecto de Ejecución, estableciéndose como RESERVA TÉCNICA la existencia de sistemas y/o materiales no tradicionales.

b) Fecha límite para su emisión: T/4 (siendo T = la duración de la obra en meses).

DO.2: "Revisión de Proyecto de Estanqueidad"

a) Alcance: Su objeto es hacer llegar a la entidad aseguradora, el resultado del Control Técnico respecto a la solución adoptada en Proyecto de ESTANQUEIDAD de la Edificación. Estableciéndose reservas en el caso de la existencia de materiales y/o sistemas no tradicionales.

b) Fecha límite para su emisión:

  1. Cubiertas y Tejados: T/2.
  2. Fachadas: T/4.
  3. Sótanos: T/4 (la definición del sistema que garantiza la Estanqueidad deberá estar decidida en el inicio de los trabajos). (Siendo T = la duración de la obra en meses).

D1.x : "Informe de Unidades Especiales"

a) Alcance: El necesario para hacer llegar a la Entidad Aseguradora, las conclusiones suficientemente fundamentadas del Control Técnico del Proyecto, de aquellos materiales, sistemas y/o unidades de obra, que por sus características, confieren una gravación del riesgo, y por tanto, requieren de un análisis particular para establecer las condiciones de aseguramiento.

A título enunciativo no limitativo, será preciso su emisión en los siguientes casos:

  • Terrenos de relleno, compresibles, expansivos.
  • Terrenos con pendientes superiores al 15%.
  • Riesgo de deslizamiento de terrenos.
  • Cimentación por pozos, pilotes o pantallas.
  • Cimentación, estructura o fachada prefabricadas.
  • Estructuras con grandes luces y/o voladizos.
  • Así como cualquiera otra unidad que lo requiera, en función de la experiencia siniestral al día de hoy, o que se manifestase en un futuro.

D1.1: "Informe de Cimentación"

D1.2: "Informe de Estructuras"

D1.3: "Informe de Fachadas/Cubiertas"

b) Fecha tope para su emisión: Deberá ser remitido conjuntamente con el DO, y en su caso, con 2 meses de antelación respecto a la fecha de inicio de la ejecución de dicha unidad.

D2: "Informe de Sistemas / Materiales no tradicionales"
a) Alcance: Su finalidad es hacer llegar a la entidad aseguradora, el resultado del Control Técnico respecto a los materiales y/o técnicas no tradicionales, facilitando entre otras informaciones, las características del material / técnica, tiempo que se viene utilizando en la zona, proveedor y fabricante, y en su caso la descripción y valoración del control interno de fabricación. A efectos de este informe, tiene consideración de materiales y/o técnicas no tradicionales,todos aquellos que cumplan alguna de las siguientes características:

  • No sujetos a normas españolas.
  • Un período de utilización en la zona inferior a 15 años.
  • No ofrezcan una garantía de durabilidad frente a un período de 10 años.

A título enunciativo y no limitativo, es habitual el considerar como materiales / técnicas no tradicionales:

  • Fachadas de tipología de vidrio exterior con silicona estructural (VEC) y de vidrio exterior anclado (VEA).
  • Bloques de termo arcilla.
  • Láminas de impermeabilización de PVC, sin protección.
  • Estructuras de madera laminada encolada.
  • Sistemas de impermeabilización líquida (SIL).
  • Bloques de hormigón ligero fraguados en autoclave.
  • Láminas de impermeabilización EPDM.

Debe tenerse en cuenta que previamente, en el informe DO (o en su caso, en el momento que se tenga conocimiento de su utilización), hay que indicar su existencia.

b) Fecha límite para su emisión: Con tres meses de antelación, respecto a la fecha de inicio de ejecución de dicha unidad. Independientemente se emitirá una Reserva en el momento en el que el OCT tenga conocimiento de la utilización del sistema o material no tradicional.

D3: "Informe final de Estanqueidad"

a) Alcance: El necesario para hacer llegar a la entidad aseguradora, las conclusiones suficientes fundamentadas del Control Técnico del Proyecto y de la Ejecución de los trabajos referentes a la Estanqueidad de la Edificación, una vez finalizada la obra, las pruebas pertinentes, que habrán de ser obligatorias, y realizada la recepción de la misma, estableciendo en su caso las Reservas Técnicas definitivas no canceladas. En función de las misiones encomendadas, se remitirá los anexos correspondientes(1 = Cubiertas, 2 = Fachadas, 3 = Sótanos).

b) Fecha límite para su emisión: T + 1 mes, (siendo T = la duración de obra en meses).

D3bis: "Informe Final de Estanqueidad - finalización período observación"

a) Alcance: El necesario para hacer llegar a la entidad aseguradora, la evaluación del comportamiento de la Estanqueidad de la Edificación durante el período de observación de 12 meses tras la finalización de las obras, establecido en el contrato de seguro para la cobertura de Estanqueidad, estableciendo en su caso las Reservas Técnicas definitivas no canceladas. En función de las misiones encomendadas, se remitirá los anexos correspondientes (1 = Cubiertas, 2 = Fachadas, 3 = Sótanos).

b) Fecha tope para su emisión: A la finalización del período de observación establecido en el contrato de seguro.

D4: "Informe de Preexistentes"

Se entiende por preexistentes aquellas partes del edificio final que existían al comienzo de la obra nueva ejecutada, aún cuando en su realización haya sido necesario actuar sobre ellas. Aún cuando la cobertura básica se refiera exclusivamente a la obra nueva ejecutada, este informe se cumplimentará cuando se trate de obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación, cuando se produzca una variación en la configuración general exterior, volumétrica, o en el conjunto del sistema estructural.

a) Alcance: Debe existir un estudio de patologías preexistentes y un análisis de la adecuación de la obra ejecutada a éstos, que habrán de incluirse en el proyecto de la obra a ejecutar, que deberá igualmente ser objeto del control técnico a realizar.

  • Su finalidad es hacer llegar a la entidad aseguradora, la descripción de las Construcciones Preexistentes, el estado de conservación de las mismas basado en el análisis de un informe sobre las patologías de los preexistentes y las actuaciones necesarias, la compatibilidad entre éstas y la obra nueva y el pronunciamiento sobre la adecuación del proyecto y el informe de patologías.
  • No dejar al criterio del OCT el nivel mínimo de informaciones para pronunciarse. Deberá indicar la relación de ensayos o investigaciones adicionales que el OCT ha considerado necesario que fueran realizadas para poder emitir juicio fundamentado. (Para poder anular la póliza deben de darse agravaciones frente a las informaciones iniciales o RESERVAS).

El OCT no debe tomar decisiones para determinar el número y alcance de los informes a elaborar. El Proyectista debe hacer esta función. El OCT se pronunciará sobre la suficiencia y adecuación de la justificación para un nivel de riesgo normal y la coordinación con el Proyecto de Ejecución.

b) Fecha límite para su emisión: 2 meses desde el inicio de las obras.

D5.x: "Informes de Ejecución"

a) Alcance: El necesario para hacer llegar a la entidad aseguradora, las conclusiones suficientemente fundamentadas del Control Técnico sobre la Ejecución de las obras a la finalización de los correspondientes hitos y su adecuación, desviación o modificación respecto a lo previsto en el proyecto revisado, tanto de los elementos estructurales propiamente dichos como de aquellos otros que pudiesen afectar a su comportamiento, como los saneamientos e incluso las instalaciones en las partes que puedan incidir en los riesgos cubiertos por la póliza, así como los resultados de los análisis del control de materiales en cuanto a:

D5.1: "Informe de Cimentación".

D5.2: "Estructura"

D5.3: "Informe de ejecución de cerramientos de fachadas y cubiertas".

b) Fecha límite para su emisión: 1 mes posterior a la finalización de las obras del correspondiente hito.

D6: "Informe de Fin de Obra"

a) Alcance: El necesario para hacer llegar a la entidad aseguradora, las conclusiones suficientemente fundamentadas del Control Técnico del Proyecto y de la Ejecución de los trabajos, una vez finalizada la obra en su totalidad, no sólo la estructura, antes de la Recepción de las obras fijando:

  • La fecha prevista de Recepción.
  • El coste final de la Edificación.
  • Las Reservas Técnicas definitivas no canceladas. Estas reservas deberán reflejarse en el ACTA DE RECEPCIÓN.

b) Fecha límite para su emisión: T + 1 mes, (siendo T = la duración de la obra en meses).

D7: "Informe de Incidencias - Obra empezada"

a) Alcance: Este informe se cumplimentará siempre que excepcionalmente, la primera intervención del OCT se haya producido con posteridad al comienzo de los trabajos de construcción, así como, siempre que se haya producido cualquiera de las siguientes incidencias:

  • Paralización de la obra superior a 1 mes.
  • Modificación en el ritmo de la obra que modifiquen sustancialmente su planificación.
  • Ocurrencia de un siniestro durante el período de ejecución, que por sus características y/o cuantía, suponga una agravación del riesgo o pueda incidir directa o indirectamente en las coberturas del SDD
  • Cambio de intervinientes.

Su finalidad es hacer llegar a la entidad aseguradora:

  • Obra empezada: la situación en que se encuentra la obra en el momento en que el OCT inicia su intervención, junto a la evaluación técnica de esa parte de obra ya ejecutada con anterioridad. Deberá indicar la relación de ensayos o investigaciones adicionales que el OCT ha considerado necesario que fueran realizados para poder emitir juicio fundamentado.
  • Modificación: Modificaciones en el ritmo de la obra que varíen sustancialmente su planificación, que produzcan cambios en la planificación de la obra de más de 6 semanas. Debe especificarse qué ha ocurrido y qué consecuencias acarrea, las unidades de obra que pueden verse afectadas por la demora y medidas a tomar para paliar los efectos de la modificación.
  • Paralización de la Obra: Descripción de la parte de obra ejecutada a la fecha de paralización, período de paralización previsto y medidas de protección necesarias para protegerla y evitar su deterioro durante dicho período.

Posteriormente eI OCT deberá remitir al Asegurador, los correspondientes anexos con el objeto de recoger, la evaluación técnica (proyecto + ejecución) de las obras de protección, y del estado de la obra en el momento previo al reinicio de la misma.

  • Siniestro: descripción de las circunstancias del siniestro y de las obras de reparación, junto con la evaluación técnica de las eventuales agravaciones de riesgo y/o repercusiones en la cobertura del SDD
  • Cambio de intervinientes: relación de los que abandonan la obra y circunstancias que lo motivan, y relación de los que se incorporan especificando las actividades que van a desarrollar. Debe tenerse en cuenta que una vez tomada la decisión de contratar una póliza de SDD, el OCT deberá emitir todos y cada uno de los informes correspondientes al desarrollo de su misión.

b) Fecha tope para su emisión: Dada la necesidad de una rápida información a fin de poder determinar si es posible establecer un SDD y su coste, se fija como tiempo máximo 30 días después de la formalización del acuerdo de Control Técnico, o del momento del acaecimiento del hecho.

Daño material: Menoscabo o perjuicio sufrido en los bienes.

Declaración Provisional del Valor de Obra: Es el valor estimado del coste de la obra.

Declaración Definitiva del Valor de Obra: Es el valor real final del coste de la obra.

Denominación y Naturaleza del Proyecto: Descripción de la obra (ej. Construcción de una vivienda unifamiliar pareada con tres plantas sobre rasante sin sótano).

Dirección Facultativa: Técnicos que representan a la propiedad durante la ejecución de la obra: aparejadores, arquitectos…

Documentación: Documento o conjunto de documentos, preferentemente de carácter oficial, que sirven para la identificación personal o para documentar o acreditar algo.

E


Edificación: El conjunto constituido por el edificio y los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al mismo que se hallen definidos en el proyecto en el momento de la recepción.

Edificio: El conjunto de las obras fundamentales, obras secundarias, instalaciones fijas y equipamiento propio del edificio (o edificios), descrito(s) en las Condiciones Particulares, entendiéndose como:

a) Obra fundamental: Las cimentaciones, los soportes, las vigas, los muros de carga u otros elementos estructurales, que contribuyen directamente a la resistencia mecánica y a la estabilidad del edificio.

b) Instalaciones fijas y equipamiento propio del edificio: Los elementos que componen las instalaciones de electricidad, fontanería, gas, calefacción, aire acondicionado, audiovisuales, telefonía, seguridad, ascensores y montacargas y cualquier otra maquinaria mecánica o electrónica necesaria para el uso propio del edificio o para dar servicio al mismo, incluyéndose tanto los aparatos o máquinas como los conductos y canalizaciones que intervienen en su composición.

c) Obra secundaria: Los elementos no comprendidos en el concepto de obra fundamental, ni en el de instalaciones fijas, ni equipamiento propio del edificio, tales como:

  1. Cerramientos y cubiertas.
  2. Revestimientos interiores y exteriores, soleras, solados, alicatados, aplacados y canalizaciones.
  3. Tabiques fijos, falsos techos, falsos suelos, puertas y ventanas.
  4. Impermeabilización.
  5. Ejecución de Obra: Realización, construcción de la obra.
  6. Elementos Estructurales: Son los elementos que soportan las cargas, el peso, del edificio.

Elementos estructurales prefabricados: Aquellos realizados en fábrica o en taller, los cuales pueden haber sido sometidos a procesos de pretensado o similares.

Emisión de Póliza: En el ámbito asegurador, es el acto por el que se formaliza una póliza o contrato de seguro. Momento en que éste comienza a surtir efecto.

Emplazamiento de la Obra: Situación, colocación, ubicación de la obra.

Entrada en cobertura: (Efecto del seguro). Momento en que empiezan a estar vigentes las garantías cubiertas en la póliza y que suelen coincidir con la emisión de la misma, aunque cabe la posibilidad de un efecto diferido (con posterioridad a la emisión) o en casos excepcionales, retroactivo (con anterioridad a la emisión).

Estanqueidad: Lo que es impenetrable al agua.

Estructura: Distribución y orden de las partes de un edificio. Conjunto de elementos fundamentales para una construcción.

Estructura prefabricada: Aquella compuesta por elementos estructurales prefabricados.

F


Fachada: Parte anterior, y generalmente principal, de un edificio u otra obra. Las demás caras del edificio se denominan acompañando a la palabra con la del punto cardinal a que corresponde, o bien con la denominación de laterales y posterior.

Fachada no portante: Que no tiene función estructural, no soporta cargas.

Fase de la Obra: Período de tiempo en el que se ejecuta una parte de la obra.

Forjado: Relleno del hueco entre vigas.

Fosa Séptica: Pequeña fosa donde se produce la fermentación y licuación de los residuos sólidos y de la cual pasan las aguas al pozo absorbente o al alcantarillado.

Franquicia: En caso de siniestro, es la parte del daño que corre a cargo del asegurado, como consecuencia de haberlo estipulado así en el contrato, lo que implica un menor coste del seguro. La parte que corresponde soportar al asegurado puede ser una cifra exacta o un porcentaje del daño producido por el siniestro. En el primer caso a la cantidad estipulada como franquicia, el coste de los daños correrá completamente a cargo del asegurado, si el siniestro supone una cantidad mayor, la entidad aseguradora indemnizará al asegurado por la parte del coste que exceda de la franquicia.

G


Garantía: Compromiso de la entidad aseguradora a hacerse cargo del coste económico de las consecuencias de un siniestro hasta el límite estipulado en el contrato por el cual se crea la misma.

Garantía Básica Obligatoria: Dentro del marco de la LOE son las garantías de obligada contratación.

Garantía Complementaria: Son las coberturas adicionales que ofrece la entidad aseguradora al asegurado. Tales garantías complementarias abarcan un gran número de supuestos.

Gastos Generales: Se refiere a gastos varios que hay durante el período de ejecución de la obra, no recogidos individualmente en el presupuesto de ejecución de la obra ya, que pueden ser: gastos de oficina, gastos de la caseta…

Geotecnia: Aplicación de principios de ingeniería a la ejecución de obras públicas en función de las características de los materiales de la corteza terrestre.

Grieta: Hendidura longitudinal que aparece en un elemento estructural, por la acción de las cargas o por asiento desigual del terreno.

H


Honorarios: Estipendio o sueldo que se da a uno por su trabajo en algún arte liberal.

Hormigón: Material mezcla de agua, arena, grava y un conglomerante ("cemento") que, al fraguar y endurecer, adquiere notable resistencia a la compresión.

  • H. aligerado: El de notable docilidad y resistente a heladas, que contiene multitud de burbujitas, por efecto de la adición de resinas especiales.
  • H. aluminoso: El que tiene como conglomerante cemento aluminoso.
  • H. armado: Material compuesto de hormigón en masa, reforzado por armaduras de acero, que absorben, cuando están en posición adecuada, los esfuerzos de tracción que aquel, por sí solo, no podría resistir.

I


Impermeabilización: Utilización de sistemas constructivos para evitar el paso del agua ocasional en cualquier elemento de la construcción.

Impermeabilización de Cubiertas: Protege las cubiertas con productos impermeables.

Impermeabilización de Fachadas: Protege las fachadas con productos impermeables.

Indexación: Es la revalorización de la suma asegurada. Incremento que sufre el capital asegurado, y consecuentemente, las primas, conforme aumenta un índice previamente establecido, con el objeto de eliminar la pérdida de valor que se produce en los bienes asegurados, por el transcurso del tiempo, como consecuencia de la inflación.

Inicio de la obra: Comienzo, principio de la obra.

Informe de Patología: Informe que estudia las anomalías, deterioros, enfermedades de la construcción (ya ejecutada), debido al paso del tiempo, factores ambientales, uso...

Informe Geotécnico: Estudio de las características del terreno (geotécnicas y geológicas) del suelo para la parcela en la que se va a construir.

L


Ladrillo: Masa de arcilla, en forma de paralelepípedo recto que, después de cocida, sirve para fabricar muros y bóvedas. Su tamaño más normal es: 25x12x5 cm.

LOE: "Ley de Ordenación de la Edificación . El objetivo prioritario es regular el proceso de la edificación actualizando y completando la configuración legal de los agentes que intervienen en el mismo, fijando sus obligaciones para así establecer las responsabilidades y cubrir las garantías a los usuarios, en función de una definición de los requisitos básicos que deben satisfacer los edificios. Fecha entrada en vigor 6 de mayo de 2000.

Losa: Sistema de cimentación superficial, generalmente de hormigón armado, que presenta una superficie continua de apoyo debajo de la estructura de un edificio

M


Maquinaria: Conjunto de máquinas para un fin determinado.

Material: Cualquiera de las materias que se necesitan para hacer una obra, cerámica, áridos, aglomerantes, etc.

Materiales No Tradicionales: Se refiere a los materiales que no tienen normativa vigente española, o que se vienen utilizando desde hace menos de quince años.

Memoria: En un proyecto, documento en el que se da la explicación razonada del mismo, justificando soluciones y las disposiciones adoptadas.

Muro: Pared o tapia.

  • Muro Ciego: El que no tiene vanos.
  • Muro Cortina: Elemento de cerramiento exterior, ligero, que no posee función resistente.
  • Muro de Carga: aquel cuya función de aguantar los elementos superiores se ha tenido en cuenta en los cálculos de resistencia.
  • Muro Medianero: Muro divisorio de dos fincas contiguas, y que ha de poseer estabilidad propia.

N


Nave / Nave Industrial: Cada uno de los espacios que entre muros o filas de columnas o arcadas se extiende a lo largo de las iglesias, fábricas, almacenes o cualquier otro edificio de grandes dimensiones.

Neopreno: Material plástico, empleado en juntas, articulaciones y placas de apoyo.

O


Obra: Edificio en construcción. Reparación o reforma de un edificio.

  • Obra Gruesa: Aplícase a la construcción de cimientos, muros, suelos y otros elementos estructurales.
  • Obra Menor: Construcción de tabiquería, revestidos y acabados.
  • Obra Nueva: Ejecución de un edificio de nueva construcción.
  • Obra Especial: Son aquellas que por sus características no se adaptan al concepto de Obra Nueva y se entienden como edificios de nueva construcción que contengan sistemas / materiales no tradicionales, cimentación especial, preexistentes rehabilitaciones y características especiales del terreno.

Origen: Principio, nacimiento, raíz, causa de alguna cosa.

Organismo de Control Técnico: Entidad encargada por el promotor de realizar el Control Técnico a los efectos del seguro, independientemente del resto de agentes intervinientes. Esta entidad debe ser aceptada por el asegurador. Sus funciones comprenden el control del proyecto, de ejecución o puesta en obra de los materiales y de los ensayos de los mismos realizados por un laboratorio acreditado, así como el control de las obras realizadas para la subsanación de las reservas recogidas en el acta de recepción y de las obras de reparación de los daños producidos en caso de siniestro.

P


Pantallas: Elemento de cimentación estructural y continuo del terreno que sirve de contención.

Pendiente: Cuesta o declive de un terreno.

Período de Cobertura: Período de tiempo en el que tiene vigencia la póliza.

Período de Observación: Cuando nos encontramos con una póliza que contiene las garantías de trienal y/o impermeabilizaciones, el OCT está obligado durante un año a realizar visitas a la obra para controlar el desarrollo de la edificación.

Pilotaje: Sistema de cimentación profunda discontinua a base de pilotes.

Pilote: Elemento estructural de cimentación en forma de columna, para alcanzar el firme cuando éste está muy profundo.

Plano de apoyo: Estrato o capa del terreno al que se transmiten las cargas del edificio, por medio de la cimentación.

Póliza: El documento que contiene las condiciones reguladoras del seguro. Forman parte integrante de la póliza: las Condiciones Generales; las Particulares que individualizan el riesgo; el Suplemento de entrada en vigor de la garantía; así como las Especiales, si procediesen; y los Suplementos o Apéndices que se emitan a la misma para complementarla o modificarla.

Pozos: Sistema de cimentación profundo tradicional, empleado para poder cimentar mediante zapatas en lugares donde el firme esté a mayor profundidad.

Prefabricados: Se dice de los elementos fabricados fuera de la obra, efectuándose en ésta sólo la colocación.

Presupuesto de Ejecución por Contrata: Cálculo anticipado del costo de una obra por partidas en el que se incluyen los gastos generales y el Beneficio Industrial de la construcción.

Presupuesto de Ejecución Material: Es el coste total por partidas que se incluye en la obra (mano de obra, materiales...).

Preexistentes: Conjunto de elementos de edificación existentes antes del inicio de la construcción sobre los cuales, o una parte de los cuales se han ejecutado o se ejecutarán los trabajos.

Pretensar: Tensar las armaduras de una pieza de hormigón armado antes de la aplicación de las cargas.

Prima: El precio del seguro. El recibo contendrá además los recargos e impuestos que sean de legal aplicación.

Proyecto básico: Conjunto de documentos que comprenden memoria, planos y presupuesto estimativo por capítulos, en los cuales se definen las características geométricas y urbanísticas de la edificación.

Proyecto de ejecución: Conjunto de documentos que incluyan memoria, pliego de condiciones, planos, mediciones y presupuesto, que definan de manera completa las características del edificio, desarrollando el proyecto básico; de forma que se pueda llevar a cabo la correcta ejecución del edificio.

Proyecto básico y de ejecución: Conjunto de documentos que agrupan el proyecto básico y de ejecución.

Promotor: Cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.

Promotor / Constructor: Es el agente que asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de la misma con sujeción al proyecto y al contrato.

R


Rasante: Línea de una calle o camino considerada en su inclinación respecto al plano horizontal.

Recepción de la obra: El acto por el cual, el constructor, una vez concluida ésta, hace entrega de la misma al promotor y es aceptada por éste, y en el que se firmará un acta que certifique este hecho. Podrá hacerse con o sin reservas y deberá abarcar la totalidad de la obra o fases completas y terminadas de esta.

Rehabilitación: Habilitar de nuevo, restituir una cosa a su antiguo estado o adecuarla a nuevo uso.

Reforma: Lo que se propone, proyecta o ejecuta como innovación o mejora en alguna cosa.

Resistencia Mecánica: Capacidad portante necesaria para la estabilidad de un edificio.

Revoque (Cerramiento): Capa de mortero con que se revoca o enluce.

Riesgo: Cada una de las contingencias que pueden ser objeto de un contrato de seguro.

S


Seguro: Contrato en virtud del cual, una entidad denominada asegurador, se compromete, mediante el pago de un precio convenido llamado prima, a pagar una indemnización a una persona, asegurado, o a quien éste designe como beneficiario, a consecuencia de los daños sufridos, bien en su patrimonio o en su propia persona, ocasionados por un siniestro o acontecimiento, de acuerdo con lo pactado en el contrato y en la proporción establecida en el mismo.

Siniestro: Se denomina así a la materialización del riesgo, cuya cobertura está asegurada en el contrato, y que desencadena el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la entidad aseguradora, quien deberá satisfacer la cuantía de la indemnización que proceda o la restitución o reparación del objeto dañado, en caso de que el asegurado acepte esta fórmula de pago. El siniestro puede ser total, cuando el daño afecta a la totalidad del objeto asegurado y éste queda destruido; o parcial, cuando el daño afecta sólo a una parte del mismo o de sus componentes. En la mayor parte de los seguros de daños, el acaecimiento del siniestro lleva consigo la peritación, que se realiza con objeto de conocer las peculiaridades del mismo y realizar la valoración de los daños sufridos.

Sistemas No Tradicionales: Sistema constructivo sin normativa o utilizado en España en un período de tiempo corto (menor de 15 años).

Sótano: Superficie edificada por debajo de la cota o del edificio. Si no está completamente enterrada y puede tener ventanas para la iluminación toma el nombre de semisótano.

Suma Asegurada: La cantidad fijada en la póliza, que constituye el límite máximo de la indemnización a pagar por todos los conceptos por el asegurador en caso de siniestro durante la vigencia del seguro.

Suscribir: Corroborar la veracidad de lo escrito con la firma.

Suscripción: Captación y análisis detallado de los datos para la realización posterior de la póliza de seguro.

Suscriptor: La persona encargada de corroborar los datos que contiene el escrito con los informes pertinentes para la posterior elaboración de la póliza.

T


Tarifa: Catálogo o relación de los distintos tipos de prima aplicables a cada riesgo dentro de una modalidad determinada del seguro. En un sentido más estricto se corresponde con la tasa (en tantos por ciento o tantos por mil) aplicable a un determinado riesgo considerado de forma individualizada, y atendiendo a las características propias del mismo.

Tarificación: Conjunto de cálculos técnicos y estadísticos tendentes a determinar las tasas o tipos de prima que son aplicables a los diferentes riesgos. En sentido amplio, se utiliza para denominar el cálculo de la prima a pagar por un determinado riesgo, realizado a partir de la tarifa.

Tasa: Tipo de interés previsto por el asegurador durante la vigencia de la póliza y cuya determinación se establece en función de la experiencia acumulada a este respecto por la aseguradora.

Técnico interviniente en el proceso de edificación: Persona que está en posesión de la titulación académica y profesional que le habilite para el ejercicio de su profesión. Ej. Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero o Ingeniero Técnico.

Terreno: Sitio o espacio de tierra.

Tomador: La persona, física o jurídica, que, junto con el asegurador, suscribe un contrato de seguro, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.

U


Unidad Registral: La que conste en el Registro de la Propiedad; si bien en el caso de un siniestro indemnizable, se considerará como tal la edificación, objeto del seguro, formada por una o varias fincas materiales que, antes de ser objeto de división horizontal, accede por sÍ sola al Registro de la Propiedad, abriendo un folio propio y único.

Urbanización: Acción y efecto de urbanizar. Convertir en ciudad o población una porción del terreno, abriendo calles y dotándolas de los servicios municipales.

Uso: Este término se refiere al fin al que está destinada la construcción, (uso de vivienda, uso comercial, uso industrial...).

V


Valor de Obra: Es el coste global de la obra.

Viga: Elemento horizontal sobre dos o más apoyos, que trabaja a flexión.

Vigueta: Elemento estructural horizontal, generalmente prefabricado, encargado conjuntamente con la capa de compresión, de cubrir el paño del forjado, transmitiendo las cargas verticales a las vigas.

Visita Contradictoria: En lo que se refiere al Seguro Decenal, es la visita que con carácter obligatorio debe realizar el OCT a construcciones para las que se hayan contratado las garantías complementarias, transcurrido un año de la entrada en cobertura de la póliza.

Vivienda: Morada, habitación.

Vivienda Adosada: Viviendas unifamiliares contiguas.

Vivienda en Altura: Viviendas consideradas a cierta elevación sobre la tierra.

Vivienda Pareada: Viviendas juntas, iguales que se construyen de dos en dos.

Vivienda Unifamiliar: Viviendas que corresponden a una sola familia.

Voladizo: Prolongación de forjados más allá de la línea principal de fachada, sin vinculación estructural exterior.

Z


Zapata: Ensanchamiento de la base de un soporte para repartir las cargas sobre el terreno.

  1. Aislada: Zapata de forma cuadrada o rectangular en la base del pilar.
  2. Corrida: Zapata que constituye un ensanchamiento longitudinal de la base de un muro de carga.