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iconCobertura Amplia
ASEFA ha confeccionado una póliza totalmente adaptada a los riesgos de las empresas de construcción, garantizando una cobertura integral (incluyendo tanto las coberturas básicas como las adicionales). Pretendemos ofrecer un seguro que se adapte clara y realmente a la profesión ejercida por nuestros asegurados sin que esto suponga un desembolso adicional de primas. Por tanto, mediante una única tasa se cubren todos aquellos riesgos de responsabilidad civil extracontractual en que pueda incurrir la empresa, sus empleados o sus subcontratistas.

iconTarifa Individualizada

ASEFA, gracias a su especialización en el sector de la construcción, dispone de una amplia estadística que toma como base individualizada todas y cada una de las actividades que realizan los intervinientes en la construcción, ya sean de edificación o de ingeniería civil. Nuestra tarifa permite ofrecer unos precios proporcionalmente adaptados al riesgo asumido. De este modo, cada actividad se contempla dentro de su propio contexto, y las tasas no sufren el encarecimiento que provocan tarifas menos exhaustivas, más generalistas y, por tanto, menos exactas.


icon¿Y si los subcontratistas tienen garantizada su propia responsabilidad civil?


En este caso, nuestras pólizas evitan la acumulación de coberturas para un mismo riesgo, contemplando la posibilidad de aplicar la tasa sobre el volumen de facturación que la empresa subcontrate, y añadiéndole únicamente un 10% de los trabajos subcontratados para poder ofrecer al contratista una cobertura subsidiaria en caso de que sea insuficiente la cobertura propia de su subcontratista.

Mediante esta fórmula, el precio del seguro se abarata considerablemente.


iconCondiciones Preferentes.


Aquellas empresas que hayan registrado en los últimos años una siniestralidad adecuada, podrán beneficiarse de descuentos sobre la tarifa de aplicación normal.


iconCoberturas Automáticas de la Garantía de Explotación


  • Propiedad y uso de inmuebles, naves y recintos industriales, maquinaria, instalaciones, mobiliario, accesorios.
  • Se garantiza la responsabilidad subsidiaria del empresario por daños ocasionados por los subcontratistas en caso de insolvencia de los mismos.
  • Carga y descarga.
  • Uso de vehículos, excluyéndose expresamente los riesgos de circulación.
  • Conducciones aéreas o subterráneas.
  • Actos de empleados.
  • Agrupaciones de Trabajo, garantizando la cuota de responsabilidad del asegurado.
  • Preexistentes: Esta garantía ampara la responsabilidad civil del asegurado por daños causados a bienes inmuebles existentes con carácter previo a la intervención del asegurado, en exceso o defecto de pólizas de construcción o montaje, u otra más específica.

iconCobertura Amplia de Post-Trabajos (10 años)

Para las empresas cuya actividad sea la promoción / construcción de inmuebles, y siempre y cuando la forma de contratación sea póliza abierta ( anual renovable ) y se mantenga en vigor, podemos plantear esta cobertura más amplia que la garantía tradicional de 12 meses tras la recepción de las obras ejecutadas. En estos casos, la garantía se extiende:

  • A los siniestros ocurridos en las obras que se realicen durante la vigencia de la póliza, siempre que su reclamación se efectúe durante dicha vigencia, o como máximo, dentro del año siguiente a su rescisión.
  • A los siniestros que se produzcan en obras realizadas con anterioridad a la vigencia del contrato ( hasta diez años ), siempre que expresamente no conste que el asegurado tuvo en su día notificación expresa de la existencia de dicha reclamación, en momento anterior a su inclusión en la póliza y que la reclamación se produzca durante la vigencia del contrato.

iconCobertura de Preexistentes


Esta cobertura se ofrece automáticamente a todos los Asegurados que efectúen trabajos sobre elementos constructivos que hayan sido recepcionados antes de la intervención de la empresa.


iconGarantía Libre de Sublímites


Con caráctér general ofrecemos una garantía por siniestro sin sublimitación por año de seguro.


iconVigencia Territorial


Nuestras pólizas se extienden al resarcimiento por siniestros ocurridos en obras radicadas en la Unión Europea, Andorra y Marruecos, siempre que la actividad del Asegurado se desarrolle mayoritariamente en España y/o en Portugal, y que se traduzcan en responsabilidades impuestas por los Tribunales competentes de conformidad a la legislación aplicable. Además, podemos estudiar de modo particular extender el ámbito territorial a otros países.