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Seguro Decenal de Daños
Preguntas Frecuentes
icon¿Qué es un Organismo de Control Técnico?


Empresa independiente que controla el proceso constructivo, desde el inicio del proyecto hasta la firma del acta de recepción de la obra.

En el caso de que se contraten garantías complementarias con algún periodo de carencia, será necesaria la actuación del mismo tras dicho periodo.

icon¿Quién debe contratar al Organismo de Control Técnico?

El Tomador del seguro, normalmente el promotor inmobiliario.

icon¿Cuándo hacemos referencia a un ambito de actuación de los Organismos de Control, de qué estamos hablando?

ASEFA acepta como Organismo de Control Técnico para las obras que asegura a una serie de empresas de las que tiene constancia que cumplen una serie de requisitos referidos a:

  • Independencia accionarial y de cualquier actividad relacionada con el proceso constructivo.
  • Solvencia económica y técnica.
  • Experiencia en control de edificación.
  • Metodología específica encaminada al control para el seguro decenal de daños.

En la actualidad, los niveles de aceptación de los OCT han sido sustituidos por un ámbito de actuación particularizado que ASEFA asigna a cada uno de ellos. Esta asignación se realiza en función de la experiencia demostrada en la tipología de las obras, objeto de este seguro.

Cabe destacar la importancia de comprobar antes del inicio de la obra que el OCT elegido se encuentra dentro del mencionado ámbito para el riesgo a asegurar.