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Aplicables a la garantía de Responsabilidad Civil de las tres opciones de contratación previstas para los perros, destacan las siguientes:


  • Daños sufridos por el asegurado y las personas que no tengan la consideración de terceros y las cosas, animales o bienes muebles o inmuebles que sean de su propiedad o que, por cualquier motivo (depósito, alquiler, uso, manipulación, transporte, trabajo u otras circunstancias) se hallen en su poder o en poder de las personas por las que deba responder.
  • Daños ocasionados por el perro asegurado a consecuencia de su participación en partidas, actos o prácticas de caza en toda su extensión (incluso actos preparatorios, entrenamientos...).
  • Reclamaciones derivadas del contagio de la encefalopatía espongiforme bobina (eeb) o de cualquier otra enfermedad infeccionas transmitida por el perro asegurado.
  • Los daños causados por los perros abandonados por sus propietarios.
  • Los daños ocasionados por los animales que, en el momento de la contratación del seguro, tengan más de 12 años.
  • El robo, hurto o extravío del perro asegurado y los daños derivados.
  • Daños sufridos por el perro asegurado.