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Mediante la Cobertura Básica quedan amparadas, entre otras, las Responsabilidades que, de naturaleza civil-extracontractual, pudieran derivarse para el Centro Docente por:
- El impartir o realizar las clases, así como la vigilancia de los alumnos.
- La actuación del personal asalariado al servicio del Asegurado.
- La organización de visitas culturales y excursiones con los alumnos, así como la estancia en albergues y residencias.
- La responsabilidad que pudiera imputarse al asegurado por los daños que sufran los alumnos, mientras estén bajo tutela o cuidado del centro.
- El suministro de comidas y bebidas.
- La práctica de deportes bajo vigilancia del personal del centro. La utilización de aparatos para hacer deporte y ejercicio con fines educativos, dentro del recinto de la escuela.
- El acceso a las instalaciones de visitas, proveedores y clientes.
Como Cobertura Opcional podrá contratar la garantía denominada RC Patronal y dirigida a amparar el pago de las indemnizacionesderivadas de la Responsabilidad Civil Extracontractual que pudiera ser exigida al Asegurado como consecuencia de las reclamaciones presentadas por los trabajadores o sus causahabientes por daños corporales o muerte sufridos por dichos trabajadores con ocasión de accidente laboral en el desarrollo de la actividad asegurada.