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icon¿Quién se asegura?


Cualquier persona física que haya sido, sea o llegue a ser designado Administrador de la Compañía o Directivo de la misma, entendiéndose por Directivo aquellas personas físicas que desarrollen funciones de alta dirección bajo la dependencia directa de su órgano de administración, de comisiones ejecutivas o de consejeros delegados de la Compañía. No tendrán la condición de Asegurado los auditores externos, depositarios, interventores, comisarios o liquidadores.


iconEl término Asegurado además incluye:


  • Cualquier cónyuge legal de dicho Administrador o Directivo de la Compañía, pero únicamente en caso de que la Reclamación que pudiera formularse derive de un Acto Negligente cometido por dicho Administrador o Directivo.
  • Cualquier heredero, legatario o causahabiente de dicho Administrador o Directivo de la Compañía, pero únicamente en caso de que la Reclamación que pudiera formularse derive de un Acto Negligente cometido por dicho Administrador o Directivo.
  • Cualquier representante legal de dicho Administrador o Directivo de la Compañía en caso de que éstos hubieran sido legalmente incapacitados, quebrados o declarados concursados o insolventes de acuerdo con lo previsto en la Ley 22/2003 Concursal o de acuerdo con cualquier normativa análoga de cualquier jurisdicción.
  • Cualquier empleado de la Compañía que desarrolle efectivamente funciones de alta administración o alta supervisión o cualquier empleado de la Compañía, cuya responsabilidad sea establecida por un juzgado o tribunal en calidad de Administrador o Directivo de la Compañía.
  • Únicamente en reclamaciones por prácticas laborales, se considerará asegurado todo empleado de la sociedad.
icon¿Qué se asegura?

Están cubiertas las reclamaciones que se formulen contra los Asegurados por primera vez durante el periodo de seguro, en relación con actos negligentes cometidos o supuestamente cometidos, incluso con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza. De ser aplicable, la póliza también cubre las reclamaciones que se formulen contra los Asegurados por primera vez durante el periodo informativo.


El Asegurador también se obligada a pagar los Gastos y Costas de Defensa incurridos por el Asegurado como consecuencia de reclamaciones cubiertas bajo la póliza.


icon¿Quién puede reclamar?


Las figuras más frecuentes son: accionistas, empleados, acreedores, competidores, organismos administrativos, liquidadores, compradores. En definitiva, cualquier tercero que se sienta perjudicado financieramente por una mala administración, gestión, omisión o negligencia de los Administradores y/o Directivos.